Con el 94,2 % de las actas escrutadas y 2.251 todavía por llegar, la presidencia del Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció la noche del 15 de febrero de 2009 que el Sí había ganado con alrededor del 54 % de los votos. Hugo Chávez celebró desde el balcón del palacio de Miraflores. Catorce meses antes, en el mismo tipo de noche, había tenido que reconocer la primera derrota electoral de su presidencia. Lo que separaba las dos consultas era, sobre todo, el tamaño de la pregunta.
La enmienda número 1 a la Constitución de 1999 eliminó el límite de reelecciones para todos los cargos de elección popular: presidente, gobernadores, alcaldes, diputados a la Asamblea Nacional y miembros de los consejos legislativos de los estados. Desde entonces, cualquiera de ellos puede presentarse de nuevo al mismo cargo tantas veces como quiera, siempre que gane la votación.
El precedente: la reforma rechazada de 2007
El 2 de diciembre de 2007 los venezolanos votaron un proyecto de reforma que modificaba 69 artículos de la Constitución, divididos en dos bloques. Entre otras cosas, ampliaba el mandato presidencial de seis a siete años, suprimía el límite de reelección del presidente, reducía la jornada laboral de 44 a 36 horas semanales y bajaba la edad para votar de 18 a 16 años. El primer boletín del CNE dio la victoria al No en los dos bloques: 50,70 % en el bloque A y 51,05 % en el bloque B. La participación rondó el 56 %.
Chávez aceptó el resultado esa misma madrugada y felicitó a sus adversarios. Más tarde habló de relanzar la propuesta, en términos que recordaban su frase de febrero de 1992, cuando dijo que los objetivos no se habían logrado «por ahora».
La Constitución ponía un obstáculo a repetir el intento. Su artículo 345 dice que la iniciativa de reforma constitucional que no sea aprobada «no podrá presentarse de nuevo en un mismo período constitucional a la Asamblea Nacional». El periodo presidencial en curso, iniciado en enero de 2007, terminaba en enero de 2013. Si la reelección volvía a votarse antes de esa fecha, tendría que ser por otro camino.
Reforma y enmienda: dos procedimientos distintos
Conviene distinguir los dos mecanismos, porque la discusión de 2009 giró en torno a esa diferencia. La Constitución venezolana prevé tres vías de cambio: la enmienda (artículos 340 y 341), la reforma (artículos 342 a 346) y la Asamblea Nacional Constituyente (artículos 347 a 350).
La reforma sirve para una «revisión parcial» que sustituya una o varias normas sin modificar la estructura y los principios fundamentales del texto. Exige tres discusiones en la Asamblea y la aprobación de dos tercios de los diputados antes de ir a referendo. La enmienda, según el artículo 340, tiene por objeto «la adición o modificación de uno o varios artículos» sin alterar la estructura fundamental. Puede iniciarla el 15 % de los inscritos en el registro electoral, el 30 % de los integrantes de la Asamblea Nacional o el presidente en Consejo de Ministros. Si la iniciativa parte de la Asamblea, basta la mayoría de sus integrantes. El Poder Electoral debe someterla a referendo «a los treinta días siguientes a su recepción formal».
El artículo 345 habla solo de la reforma. De ahí partió el argumento del gobierno y de su mayoría parlamentaria: una enmienda es otro procedimiento y no le alcanza la prohibición de volver a presentar la reforma rechazada. La oposición respondió que el contenido era en esencia el mismo que se había votado en 2007 y que cambiar el nombre del procedimiento no cambiaba la sustancia. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la vía de la enmienda, y la consulta siguió adelante.
De la propuesta a la votación
El impulso vino poco después de las elecciones regionales de noviembre de 2008. A comienzos de diciembre Chávez planteó abrir el debate sobre la reelección continua mediante una enmienda y pidió a sus partidarios que la impulsaran.
La primera versión se refería solo al presidente. En enero de 2009 la propuesta se amplió a todos los cargos de elección popular. Con ese cambio, la reelección sin límites dejaba de ser una cuestión que afectaba a una sola persona y alcanzaba también a gobernadores y alcaldes de todos los partidos, incluidos los de la oposición. El 14 de enero de 2009 la Asamblea Nacional, de amplia mayoría oficialista, aprobó el texto en segunda discusión con 156 votos a favor. El CNE fijó la consulta para el 15 de febrero.
Los cinco artículos afectados eran los siguientes: el 160, sobre los gobernadores; el 162, sobre los consejos legislativos de los estados; el 174, sobre los alcaldes; el 192, sobre los diputados a la Asamblea Nacional; y el 230, sobre el presidente de la República. En la redacción original de 1999, el artículo 230 decía: «El período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período». La enmienda mantuvo los seis años y suprimió la limitación.
La pregunta
La papeleta hacía una sola pregunta, redactada en términos de ampliación de derechos. Empezaba así: «¿Aprueba usted la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República, tramitada por la Asamblea Nacional, que amplía los derechos políticos del pueblo…?». A continuación explicaba el objetivo: permitir que cualquier ciudadano en ejercicio de un cargo de elección popular pudiera postularse como candidato al mismo cargo, con la elección dependiendo exclusivamente del voto popular.
La redacción fue parte de la campaña. Los partidarios del Sí insistían en que la enmienda no garantizaba ningún cargo a nadie, sino que devolvía la decisión a los votantes en cada elección. Los partidarios del No sostenían que la ventaja de quien gobierna, con acceso a recursos del Estado y a los medios públicos, convertía la reelección indefinida en un riesgo para la alternancia. El movimiento estudiantil, que había sido protagonista en la campaña contra la reforma de 2007, volvió a movilizarse contra la enmienda.
Resultados del referéndum de 2009
El CNE publicó tres boletines. El primero, la misma noche del 15 de febrero, con el 94,2 % de las actas, atribuía al Sí el 54,3 % y al No el 45,63 %, con una participación del 67,05 %, según la agencia Emol. El segundo, del 16 de febrero, reproducido por la base de datos electorales de la Universidad de Georgetown, daba 6.310.482 votos al Sí (54,85 %) y 5.193.839 al No (45,14 %). El tercero, con el 99,75 % de las actas, fijó las cifras que suelen citarse como definitivas.
| Boletín | Actas escrutadas | Sí | No | Participación |
|---|---|---|---|---|
| Primero (15 de febrero) | 94,2 % | 54,3 % | 45,63 % | 67,05 % |
| Segundo (16 de febrero) | sin dato | 6.310.482 (54,85 %) | 5.193.839 (45,14 %) | sin dato |
| Tercero | 99,75 % | 6.319.636 (54,86 %) | 5.198.006 (45,13 %) | ≈70 % |
La diferencia final fue de algo más de 1,1 millones de votos. Las fuentes que recogen el tercer boletín no coinciden en el denominador: una cifra el registro en 16.767.511 electores y la participación en el 69,92 %; otra da 16.652.179 inscritos y un 70,41 %. En ambos casos votó alrededor del 70 % del registro, catorce puntos más que en la reforma de 2007. Hubo algo más de 206.000 votos nulos.
La comparación con 2007 ayuda a leer el resultado. En el primer boletín de aquella consulta, el Sí del bloque A había sumado 4.379.392 votos y el No 4.504.354. En 2009 el Sí llegó a 6.319.636, casi dos millones más, mientras que el No creció en unos 700.000 votos, hasta 5.198.006. La mayor parte del aumento de la participación fue, por tanto, a favor de la enmienda. Las cifras no dicen quiénes eran esos nuevos votantes: pueden ser electores que se abstuvieron en 2007, jóvenes recién inscritos o personas que cambiaron de opción, y los datos agregados del CNE no permiten separar esos grupos.
A diferencia de lo ocurrido en otras consultas, el resultado no fue impugnado. La noche del 15 al 16 de febrero, dirigentes de la oposición reconocieron la victoria del Sí. Omar Barboza, de Un Nuevo Tiempo, dijo que eran demócratas y que reconocían unos resultados que, a su juicio, habían sido «influenciados por el ventajismo» oficial. Tomás Guanipa, de Primero Justicia, habló de «chantaje, amedrentamiento y miedo» durante la campaña y llamó a trabajar para un cambio político en las presidenciales de 2012. Desde el CNE se calificó la jornada de «extraordinaria».
Lo que vino después
La enmienda tuvo efectos inmediatos en el calendario político. Chávez se presentó a la elección presidencial del 7 de octubre de 2012 y la ganó con el 55,07 % de los votos frente a Henrique Capriles, según el CNE; la participación fue del 80,49 %. Murió el 5 de marzo de 2013, pocos meses después. Su sucesor, Nicolás Maduro, fue elegido en abril de 2013 y buscó la reelección en 2018 y en 2024, dos elecciones cuyos resultados fueron disputados y que se analizan en la página sobre las elecciones presidenciales de 2024 y en la cronología general de las elecciones en Venezuela.
La norma se aplicó también en el plano regional y municipal. Gobernadores y alcaldes que en 2008 estaban en su segundo periodo pudieron volver a presentarse. Como la enmienda no distinguía partidos, esa posibilidad benefició tanto a dirigentes oficialistas como a opositores.
El artículo 341 ordena numerar las enmiendas y publicarlas a continuación de la Constitución «sin alterar el texto de ésta», con una nota al pie de los artículos modificados; por eso, en muchas ediciones impresas el artículo 230 todavía aparece con su redacción original de 1999 y la enmienda figura al final, en un anexo que no todos los lectores consultan.
La historia de la reelección en Venezuela no empezó en 2009. La Constitución de 1961, vigente durante el periodo democrático iniciado en 1958, establecía en su artículo 185 que quien hubiera ejercido la presidencia durante un periodo constitucional no podía volver a ocuparla «dentro de los diez años siguientes a la terminación de su mandato», y así lo hicieron Carlos Andrés Pérez, elegido en 1973 y de nuevo en 1988, y Rafael Caldera, elegido en 1968 y en 1993. La Constitución de 1999 sustituyó esa espera por una reelección inmediata única. La enmienda de 2009 eliminó el último límite, y ninguna votación nacional posterior ha vuelto a plantear la cuestión.