A las 00:00 horas del 28 de mayo de 2007 la señal de Radio Caracas Televisión desapareció del canal 2 de la televisión abierta venezolana. Minutos después, por la misma frecuencia, empezó a emitir TVes, la Fundación Televisora Venezolana Social, una emisora pública creada para ocupar ese espacio. La hora exacta figura en los hechos probados de la sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó ocho años más tarde, el 22 de junio de 2015, en el caso Granier y otros contra Venezuela.
Lo que para el gobierno de Hugo Chávez era el vencimiento ordinario de una concesión de veinte años, para los directivos y periodistas del canal fue un cierre por motivos editoriales. Entre esas dos lecturas se movieron las protestas estudiantiles de mayo y junio, las declaraciones de parlamentos extranjeros y un litigio internacional que todavía no se ha cerrado del todo. El episodio de RCTV en 2007 se entiende mejor siguiendo el orden de los hechos.
Un canal de 1953 y una concesión que vencía en 2007
RCTV operaba como estación de televisión abierta en VHF con cobertura nacional desde 1953. El título que la autorizaba a emitir lo expidió la Dirección de Telecomunicaciones del Ministerio de Comunicaciones el 31 de julio de ese año. En 2006, según los datos de AGB Nielsen que cita la Corte, RCTV tenía una cuota de pantalla del 28 % a escala nacional, frente al 27 % de Venevisión; era el canal más visto del país.
El marco jurídico de la concesión cambió en 1987. El Decreto N.º 1.577 del 27 de mayo de 1987 fijó para las televisoras un período de veinte años, que en el caso de RCTV terminaba el 27 de mayo de 2007. La Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) aprobada después preveía la transformación de los títulos antiguos en habilitaciones nuevas, y RCTV había pedido esa transformación en 2002. La solicitud nunca se resolvió, y ese vacío se convertiría en uno de los argumentos centrales de las dos partes.
Abril de 2002: el antecedente invocado
La relación entre el gobierno y los canales privados se había deteriorado con el golpe de Estado de abril de 2002. Entre el 11 y el 14 de abril de ese año Chávez fue apartado de la presidencia, el empresario Pedro Carmona Estanga se proclamó presidente y, dos días después, Chávez volvió al cargo. Altos funcionarios acusaron a RCTV de haber sido partícipe político de esos hechos: de emitir propaganda a favor de la renuncia del presidente durante el paro de finales de 2001 y comienzos de 2002, de dar amplia cobertura a las marchas opositoras y a la toma de posesión de Carmona, y de no transmitir las manifestaciones del 13 y 14 de abril que acompañaron el regreso de Chávez.
La propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en sus observaciones tras una visita al país, dejó constancia de su preocupación por la «escasa, o en ciertos momentos nula, información» de que dispuso la sociedad venezolana durante aquella crisis. El Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello llegó a un diagnóstico parecido en su informe «Entre el estruendo y el silencio». Ninguno de los dos documentos atribuía a un solo canal la responsabilidad, pero ambos alimentaron el debate de 2007.
Del anuncio de diciembre a la Comunicación 0424
La decisión se hizo pública antes de que existiera un acto administrativo. El 28 de diciembre de 2006, en su saludo de fin de año a las Fuerzas Armadas, Chávez anunció que no habría nueva concesión para el canal y que la medida ya estaba redactada. Al día siguiente, el ministro de Comunicación e Información, William Lara, explicó que la concesión solo se extendía por veinte años y que el período terminaba el 27 de mayo de 2007; añadió que la decisión respondía también al «papel determinante» que, a su juicio, había tenido RCTV durante el golpe de 2002.
El secretario general de la Organización de los Estados Americanos, José Miguel Insulza, dijo a comienzos de enero de 2007 que la medida tenía «visos de censura». La cancillería venezolana le pidió que se retractara y lo acusó de intervenir en un asunto soberano, según informó el diario digital chileno Emol el 6 de enero.
En marzo de 2007 el Ministerio de Comunicación e Información publicó el «Libro Blanco sobre RCTV», de unas 360 páginas según Human Rights Watch. El libro presentaba la no renovación como una exigencia de la sociedad civil y enumeraba acusaciones contra el canal: incitación a la rebelión, violaciones de la ley de protección de la infancia, prácticas monopólicas e infracciones tributarias. También citaba el artículo 108 de la LOTEL, que permite negar concesiones por «graves circunstancias» de seguridad del Estado. Human Rights Watch observó que ninguna de esas acusaciones había terminado en una condena judicial o administrativa firme.
El acto formal llegó el 28 de marzo de 2007. El ministro del Poder Popular para las Telecomunicaciones y la Informática, Jesse Chacón, firmó la Comunicación N.º 0424, que respondía a un escrito de RCTV del 24 de enero. El texto afirmaba que no se trataba de una sanción sino del efecto legal de un plazo vencido, que por eso no hacía falta un procedimiento administrativo, que RCTV no tenía un derecho adquirido a la renovación automática y que el Estado se reservaba esa porción del espectro para crear un canal público y permitir «la democratización del uso del medio radioeléctrico». El mismo día, la Resolución N.º 002 dio por terminado el trámite de transformación iniciado por el canal en 2002.
La posición de RCTV y la vía judicial interna
RCTV y sus trabajadores sostuvieron lo contrario en casi cada punto. Para ellos, la LOTEL les daba derecho a una extensión de veinte años a partir de 2007, como se había hecho con otras televisoras, y la decisión se había tomado antes de cualquier procedimiento y por razones editoriales. El 9 de febrero de 2007 un grupo de directivos, periodistas y empleados presentó un amparo ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contra el presidente y el ministerio, por la «amenaza inminente» de violación de su libertad de expresión, su derecho al debido proceso y a la igualdad.
La Sala Constitucional declaró inadmisible ese amparo el 17 de mayo de 2007. Días después, el 25 de mayo de 2007, la Sala Constitucional dictó dos decisiones, la 956 y la 957, a raíz de demandas presentadas por comités de usuarios y otros particulares ajenos al canal. Con ellas asignó temporalmente a CONATEL, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, el uso de microondas, transmisores, torres y antenas de RCTV, para que TVes pudiera llegar a todo el país. Las medidas se ejecutaron el 27 y el 28 de mayo; una de las actas de ejecución inventaría los equipos de la estación repetidora de Cerro Copey, en Valencia Norte.
Hubo un detalle que el caso internacional sacaría después a la luz. El 27 de mayo de 2007 vencían, además de la de RCTV, las concesiones de otras cuatro televisoras, y todas fueron renovadas. Una de ellas era Venevisión, el otro gran canal privado en VHF, que cubría casi todo el territorio y tenía una audiencia muy similar. La Corte recordaría en 2015 unas palabras de Chávez del 14 de junio de 2006, cuando dijo que había ordenado revisar las concesiones y que algunos canales «han dado señales de querer cambiar». Sobre esa diferencia de trato apoyó el tribunal su hallazgo de discriminación.
Las protestas de mayo y junio de 2007
La calle respondió antes del apagón. El 19 de mayo cerca de treinta mil personas se concentraron en Caracas contra la decisión, con marchas paralelas en Maracaibo y Valencia, según la base de datos de acción no violenta del Swarthmore College. El 21 de mayo cientos de periodistas y estudiantes marcharon con una pancarta que decía «S.O.S. Libertad de expresión». Cuatro días después se sumaron alumnos de la Universidad Católica Andrés Bello, la Universidad Simón Bolívar y la Universidad Central de Venezuela.
El domingo 27 de mayo hubo dos concentraciones rivales. Miles de simpatizantes del gobierno, vestidos de rojo, celebraron la llegada de TVes; al mismo tiempo, los opositores al cierre convocaron un «cacerolazo» para la medianoche. La policía usó tanquetas de agua para separar a los grupos y, por la noche, respondió con gases lacrimógenos y balas de goma a manifestantes que lanzaban piedras y botellas. Al Jazeera recogió ese día la frase de la actriz Gledys Ibarra: «Lo que está pasando aquí es simplemente el silenciamiento de una televisora». En la misma crónica, Andrés Izarra, presidente de Telesur y antiguo jefe de informativos de RCTV, defendía la medida con el argumento de que desestabilizar era emitir a militares que llamaban a rebelarse contra un gobierno elegido.
Las movilizaciones siguieron en las semanas posteriores. Estudiantes de las universidades Central, Católica, de Carabobo y de los Andes formaron un movimiento sin afiliación partidista. En junio de 2007 sus representantes intervinieron en la Asamblea Nacional; el estudiante Douglas Barrios, de la Universidad Metropolitana, dijo allí que estaban «en la calle haciendo política sin los políticos tradicionales», según recoge el sociólogo Ramón Casanova en Cuadernos del Cendes. Hacia julio las protestas perdieron intensidad y buena parte de ese movimiento se volcó en la campaña contra la reforma constitucional sometida a referéndum el 2 de diciembre de 2007, un episodio que se detalla en la página sobre las elecciones en Venezuela.
Conviene no confundir esta ola de protestas con las revueltas de febrero de 1989, el Caracazo, que tuvieron otra escala y otro origen. En 2007 el detonante fue una frecuencia de televisión.
Reacciones internacionales
| Fecha | Institución | Contenido |
|---|---|---|
| Enero de 2007 | Secretaría General de la OEA (José Miguel Insulza) | Habla de «visos de censura»; Caracas pide rectificación |
| 21 may 2007 | Human Rights Watch | Considera la medida un uso indebido de la potestad regulatoria |
| 24 may 2007 | Senado de Estados Unidos (S.Res. 211) | Aprobada por unanimidad; expresa «profunda preocupación» y pide respuesta de la OEA |
| 24 may 2007 | Parlamento Europeo | Resolución que condena la negativa a renovar la licencia |
| 29 may 2007 | Presidencia del Consejo de la UE | Lamenta que no hubiera concurso abierto para la licencia sucesora |
| 30 may 2007 | Comisión de Relaciones Exteriores del Senado de Brasil | Pide a Venezuela reconsiderar la decisión |
En Washington, el senador republicano Richard Lugar presentó el 21 de mayo de 2007 una resolución que expresaba la «profunda preocupación» del Senado por lo que describía como una transgresión de la libertad de pensamiento y expresión en Venezuela. Fue aprobada por consentimiento unánime el 24 de mayo, con copatrocinadores de los dos partidos, entre ellos Joseph Biden, Barack Obama, Hillary Clinton y John McCain. El mismo día, en Estrasburgo, el Parlamento Europeo aprobó una resolución, impulsada por los grupos popular y liberal, que condenaba la negativa a renovar la licencia y pedía igual trato jurídico para todos los medios, públicos o privados.
La Presidencia del Consejo de la Unión Europea publicó su declaración el 29 de mayo, ya con TVes en el aire. El texto era más medido: recordaba que las autoridades venezolanas habían prometido un concurso abierto para la licencia sucesora y expresaba la expectativa de que Venezuela garantizara la libertad de prensa y el pluralismo.
La reacción que más tensión diplomática provocó llegó de Brasil. El 30 de mayo la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado brasileño aprobó una nota en la que pedía al gobierno venezolano reconsiderar la decisión. Chávez respondió comparando al Congreso de Brasil con un loro que repetía lo que se decía en Washington. El presidente Luiz Inácio Lula da Silva, de viaje en la India, contestó el 4 de junio que la nota no era ofensiva y que solo pedía entendimiento, y el presidente del Senado, Renan Calheiros, rechazó cualquier idea de subordinación a una potencia extranjera. Lula envió después a su asesor Marco Aurélio Garcia a Caracas para rebajar el tono.
El gobierno venezolano sostuvo en todos esos foros que se trataba de un asunto interno. Cuando RCTV reapareció por cable en julio, el ministro Pedro Carreño lo presentó como «una clara demostración» de que el gobierno no vulneraba ningún derecho.
RCTV Internacional y la salida del cable en 2010
Sin la frecuencia abierta, la empresa relanzó su programación como RCTV Internacional, distribuida por cable y satélite desde mediados de julio de 2007.
El 22 de diciembre de 2009 entró en vigor una norma de CONATEL según la cual solo se consideraban «internacionales» los canales con al menos un 70 % de programación extranjera. Los demás pasaban a ser productores audiovisuales nacionales y quedaban obligados por la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión de 2004, incluida la transmisión de los discursos presidenciales en cadena. CONATEL encuadró a RCTV Internacional como nacional; la empresa sostuvo que su programación la hacía internacional y acudió al Tribunal Supremo. En la madrugada del domingo 24 de enero de 2010, CONATEL ordenó a los operadores de cable y satélite dejar de transmitir seis señales, entre ellas RCTV Internacional, Ritmo Son, Momentum, America TV, American Network y TV Chile. Chávez lo resumió así, según el Comité para la Protección de los Periodistas: «Aplicamos la ley».
El caso ante el sistema interamericano
La vía internacional fue larga. Los abogados Carlos Ayala Corao y Pedro Nikken presentaron la petición ante la CIDH el 18 de febrero de 2010. La Comisión la declaró admisible el 22 de julio de 2011 y aprobó su informe de fondo el 9 de noviembre de 2012, en el que sostuvo que la no renovación se había basado en la línea editorial del canal y constituía «un claro acto de desviación de poder». Venezuela respondió el 18 de enero de 2013 que su Constitución le impedía cumplir las recomendaciones, y el 28 de febrero de 2013 la CIDH llevó el caso a la Corte. La audiencia pública se celebró los días 29 y 30 de mayo de 2014.
La sentencia del 22 de junio de 2015 declaró, por seis votos contra uno, que el Estado había violado los artículos 13.1 y 13.3 de la Convención Americana por una «restricción indirecta» a la libertad de expresión, y que también había violado el artículo 13 en relación con el deber de no discriminación. La Corte escribió que la decisión «se encontraba tomada con anterioridad» y se fundaba en las molestias generadas por la línea editorial de RCTV, y concluyó que su finalidad real era «acallar voces críticas al gobierno». Por unanimidad declaró violaciones del debido proceso y del plazo razonable en varios trámites internos. En cambio, por cinco votos contra dos, consideró no probada la violación del derecho de propiedad ni de la independencia judicial. El juez Manuel Ventura Robles firmó un voto disidente, y los jueces Alberto Pérez Pérez y Eduardo Ferrer Mac-Gregor, votos parcialmente disidentes.
Las reparaciones fueron las más discutidas. Por cinco votos contra dos, la Corte ordenó restablecer la concesión del canal 2, devolver los bienes afectados por las medidas cautelares y, después, abrir un proceso «abierto, independiente y transparente» para asignar esa frecuencia. Fijó en equidad 10.000 dólares para los siete accionistas y 50.000 dólares para catorce trabajadores. El fallo se conoció en septiembre de 2015.
Venezuela había denunciado la Convención Americana el 10 de septiembre de 2012, con efecto un año después. La Corte se declaró competente de todos modos porque los hechos eran anteriores a esa fecha. El 10 de septiembre de 2015 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la sentencia «inejecutable», por entender que contradecía la Convención y la Constitución. El punto resolutivo 21 del fallo, que reserva a la Corte la supervisión hasta el cumplimiento íntegro, sigue así abierto frente a un Estado que ya no reconoce la jurisdicción del tribunal de San José.