Prestaciones
sociales que a pesar
de tener rango
constitucional según
el artículo 92,
establecido en la
Constitución de la
República
Bolivariana de
Venezuela el cual
señala
“Todos los
trabajadores y
trabajadoras tienen
derecho a
Prestaciones
Sociales que les
recompensen la
antigüedad en el
servicio y los
amparen en caso de
cesantía. El salario
y las Prestaciones
Sociales son
créditos laborales
de exigibilidad
inmediata. Toda mora
en su pago genera
intereses, los
cuales constituyen
deudas de valor y
gozaran de los
mismos privilegios y
garantías de la
deuda principal”,
son engullidas
obscenamente sin que
existan mecanismos
legales para
impedirlo por
representantes de
grupos económicos
adversos a las leyes
de la republica y a
la conducta moral
que debe regir en
las relaciones
patrono-laborales.
En mi caso
particular, el
GRUPO
ECONÓMICO: BRADLEY
COLEMAN Y ARAUJO
SALGUEIRO,
a la luz de las
leyes de la
republica ha
perpetrado una
estafa laboral en
contra de mis
derechos como
trabajador
venezolano. Este
grupo económico
haciendo uso de sus
recursos financieros
ha logrado mediante
procedimientos
administrativos y
contables, la
desaparición de los
activos de la
empresa
VENSABOR S.A.,
Venezolana de
Sabores y Aromas S.A,
empresa deudora de
mis prestaciones
sociales. Lo
anterior en
violación al fallo
definitivo emitido
por el Tribunal
Noveno de Primera
Instancia para el
Régimen Procesal
Transitorio de
Sustanciación,
Mediación y
Ejecución del
Circuito Judicial
del Trabajo de la
Circunscripción
Judicial del Área
Metropolitana de
Caracas, Expediente
23871.
Lo grave de lo
planteado es que
además de la estafa
que se consuma
basado en el poder
económico, se teje
una soga dirigida al
estrangulamiento
financiero, moral y
legal de las
personas que nos
atrevemos a reclamar
nuestros derechos
constitucionales. Lo
más vergonzoso es
que estos
empresarios usando
una patente de corso
continúan operando
con los mismos
activos y recursos
de las empresas que
desaparecen
afectando a miles de
padres de familias y
al mismo tiempo
defraudando a las
instituciones del
estado: IVSS, INCE,
CONAVI, SENIAT, etc.
Su recompensa el
disfrutar de los
beneficios de la
Leyes de la
Republica incluyendo
dólares
preferenciales (CADIVI)
para mantener sus
operaciones y status
social en detrimento
de la parte débil.
La burla a las leyes
de la republica lo
constituye una
medida de embargo
ejecutiva sin valor
alguno en contra de
una Empresa
Fantasma,
desaparecida por
estos bandidos de
cuello blanco.
Es triste que a
pesar de la
jurisprudencia que
existe en nuestra
Republica:
Velo corporativo,
sustitución patronal
entre otras,
he visto “un muro”
que impide mi
solicitud de ver
transferida la
medida de embargo en
contra de otras
empresas de este
grupo económico por
componendas
extra-judiciales y
mala praxis jurídica
de abogados
“defensores” que
parecen actuar en
beneficio de este
Grupo de Empresas.
En pruebas
consignadas en el
expediente se ha
demostrado que con
el mismo capital,
los mismos
accionistas han
creado deudas
ficticias entre los
mismos y sus
empresas filiales
con el objetivo de
evadir el pago de
las deudas
pendientes de la
empresa VENSABOR
S.A. Este virtual
vaciamiento de la
empresa empleadora a
favor de otras de
idéntica actividad
comercial, integrada
por miembros de la
misma familia:
BRADLEY
COLEMAN, ARAUJO
SALGUEIRO,
perjudican la
garantía del cobro
de las acreencias
provenientes del
fallo definitivo
emitida por el
tribunal ya
mencionado.
En razón de lo
anterior seria
pertinente estudiar
el establecimiento
como Ley de la
Republica de un
SICRI
LABORAL,
para evitar que
empresas y
accionistas que
presenten deuda
laborales con sus
trabajadores puedan
realizar negocios y
aperturar nuevas
empresas en la
Republica
Bolivariana de
Venezuela y tampoco
disfrutar de los
beneficios legales
como CADIVI, hasta
que solventen
totalmente las
deudas laborales
pendientes con sus
trabajadores.
Esta búsqueda de
justicia social es
motivada en su gran
preocupación que se
refleja en su
exhortación al
pueblo,
asambleístas,
empleados públicos,
mi subrayado”
Cada uno de ustedes
tiene que ser una
antorcha, y cada uno
de ustedes tiene que
ser un grano de sal
para curar esta
tierra y esta patria
de la corrupción, de
los antivalores; un
gran grano de sal y
una gran antorcha
que ilumine los
caminos y los
horizontes”.
En particular
exhorta a los
actores judiciales
lo subrayado
"Para eso tenemos
jueces y fiscales,
para eso se les paga
a los jueces y a los
fiscales, que son
miles en todo el
país. Yo le pido a
los fiscales y a los
jueces a nombre del
pueblo que hagan que
impere la justicia
en Venezuela.”
Lamentablemente las
palabras dirigidas a
cambiar radicalmente
la institucionalidad
Punto Fijista de la
corrupción se ven
obscurecidas por la
“apatía y
debilidad de
carácter”
de ciertos actores
que obstaculizan los
vientos de cambio
que se quieren
establecer en
búsqueda de la
justicia social y la
inclusión de los
apartados del
proyecto social del
nuevo país.
Esta debilidad de
carácter
revolucionario en
ciertos actores es
la puerta falsa que
continua
favoreciendo los
intereses de los
burócratas y sus
mecenas. El
siguiente subrayado
tomado de un
articulo del
compatriota Arias
Cárdenas, publicado
en un diario
nacional de fecha
lunes 11 de
diciembre de 2006,
no tiene desperdicio.”
Tal vez la lucha mas
difícil que enfrenta
un gobierno en
ejercicio es aquella
que tiene frente a
si los muros creados
por la complicidad y
la trampa para el
beneficio de los
“burócratas” y sus
mecenas. Lo anterior
suele expresarse en
lugares comunes
tales como” la ley
no lo permite”.
Nuestros máximos
exponentes del Poder
Judicial también han
expresado su
preocupación al
respecto "Sí
es posible con
excelencia y calidad
construir un nuevo
Poder Judicial al
servicio de los
valores y principios
que consagra nuestra
Constitución"
Magistrado Omar Mora
Díaz. Nuestra
Magistrada, Luisa
Estella Morales
Lamuño convoca a los
jueces a
”Trabajar codo a
codo con el pueblo”.
Por lo anterior
solicito su ayuda
para canalizar esta
situación ante el
Tribunal Supremo de
Justicia para que
apoyándose en
Jurisprudencia
existente, se logre
la ejecución forzosa
y el mandamiento de
embargo ejecutivo en
contra de los bienes
muebles e inmuebles
del grupo de
empresas
relacionadas y
afiliadas a
VENSABOR S.A.:
CONSOLIDADA DE
INVERSIONES CWB.C.A.,
VENSABOR CARACAS C.A.,
AMERIO INDUSTRIAL
S.A., CONSOLIDADA DE
INVERSIONES FEB.,
C.A., CONSOLIDADA DE
INVERSIONES B.C.B.,
C.A., INVERSIONES
ONTARIO S.A.,
QUIMICAS BASICAS
S.A., GERENCIA
EJECUTIVA S.A.,
DISMATICA INDUSTRIAL
C.A., QUINTA SUSANA
C.A., INMOBILIARIA
LA HAMACA S.A ,
ALIMENTOS SUPERFRIO
C.A., FESS C.A. y
POLIAMIDAS DE
VENEZUELA S.A.,
ELECTRODOMESTICOS
VENMART C.A y de sus
accionistas: PETER
CLARE BRADLEY
COLEMAN, BRIAN
BRADLEY (SUCESORES:
BRADLEY ARAUJO),
FLOSSIE DE BRADLEY:
SUCESORES (BRADLEY
COLEMAN), SUSAN
GAYLE BRADLEY
COLEMAN BROCK
ANTHONY BRADLEY
COLEMAN Y JOSÉ
ARAUJO CARRILLO,
ante cualquier juez
competente de
cualquier lugar de
la Republica
Bolivariana de
Venezuela, donde se
encuentren bienes
muebles e inmuebles
del grupo económico
y de sus
accionistas.
Denuncia efectuada
en Caracas,
Republica
Bolivariana de
Venezuela a la fecha
de su presentación.
CESAR ALCOBA LODA
E-mail:
cesar_alcoba@yahoo.com
C.c: Magistrado Omar
Mora Díaz
(Presidente TSJ)
Magistrada
Luisa Estella
Morales Lamuño
(Vicepresidenta TSJ)